BOLSA DE TRABAJO EN LA BANDA MUNICIPAL DE ALBACETE

BOLSA DE TRABAJO EN LA BANDA MUNICIPAL DE ALBACETE
22
Mar

Bases y convocatoria para la constitución de una bolsa de trabajo para futuras vinculaciones tempo- rales de personal para la Banda de Música del Ayuntamiento de Albacete, aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 4 de febrero de 2016.

Base primera: Objeto El objeto de la presente convocatoria es la constitución de una bolsa de trabajo para futuras vinculaciones temporales de personal para la Banda de Música del Ayuntamiento de Albacete, en las especialidades siguientes:

– Bombardino.

– Clarinete soprano/Requinto/Clarinete bajo.

– Fagot. – Flauta/Flautín.

– Oboe/Corno Inglés.

– Percusión/Timbalero.

– Saxofón alto/Tenor/Barítono.

– Trombón.

– Trompa.

– Trompeta/Fliscorno.

– Tuba.

– Violonchelo.

El sistema de selección será el de oposición libre.

Base segunda: Solicitudes Las presentes bases serán publicadas en el BOletín Oficial de la provincia de Albacete, así como en la web municipal: www.albacete.es. En las solicitudes deberá manifestarse que se reúnen todas y cada una de las condiciones de la convocatoria y serán presentadas en el Registro General de este Ayuntamiento, o en la forma legalmente establecida, dentro del plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de la presente convocatoria en el BOletín Oficial de la provincia de Albacete. El modelo correspondiente de dichas solicitudes podrá ser obtenido en su momento en el sitio web mencio- nado y en el Registro General de este Ayuntamiento.

Base tercera. Derechos de examen A la solicitud se acompañará justificación de haber abonado la cantidad de 10 euros en concepto de derechos de examen, que se harán efectivos mediante el procedimiento que se señale en el correspondiente modelo de solicitud, y no serán devueltos, salvo en el supuesto de no admitirse a examen por falta de los requisitos exigidos para tomar parte en el proceso selectivo. Quedarán exentas del pago de los derechos de examen las personas en situación de desempleo no remune- rado, debiendo adjuntar el documento justificativo correspondiente.

Base cuarta. Requisitos de participación Para poder participar en el proceso selectivo deberán reunirse los siguientes requisitos a fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias y mantenerse hasta la formalización del nombramiento o contratación:

a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.

b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

c) Estar en posesión de grado, diplomatura universitaria o título de Profesor/Profesora o Profesor/Profesora Superior de la especialidad instrumental a la que se opte. d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

e) No haber sufrido separación, mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las comunidades autónomas o a las entidades locales, ni hallarse en situación de inhabilitación para el ejercicio de las funciones públicas.

Base quinta. Personas admitidas y excluidas y celebración de las pruebas

Terminado el plazo de presentación de solicitudes se adoptará acuerdo, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de personas admitidas y excluidas, lugar en que ha de permanecer expuestas dichas listas, así como el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios y composición del Tribunal calificador concediéndose un plazo de diez días, contados a partir de su publicación en el BOletín Oficial de la provincia de Albacete, para subsanaciones.

Base sexta: Proceso de selección

La convocatoria para la realización de cada uno de los ejercicios se llevará a cabo a través de llamamiento único, teniendo en cuenta que la convocatoria para el segundo se hará mediante anuncio en el correspondiente tablón de anuncios electrónico de este Ayuntamiento y en el del local en que se hubiera celebrado el primero, así como en el sitio web www.albacete.es.

Los ejercicios tendrán el carácter de obligatorios y eliminatorios entre sí.

El proceso selectivo constará de dos ejercicios, calificándose cada uno de ellos entre 0 y 10 puntos, siendo preciso obtener una calificación igual o superior a cinco puntos para superar cada uno de ellos.

Los ejercicios se desarrollarán de la manera siguiente:

Primer ejercicio. Teórico: Consistirá en la contestación por escrito a un cuestionario de preguntas, tipo test, con cuatro respuestas alternativas propuesto por el Tribunal calificador de entre las materias que figuran en el temario que figura en el anexo II a la convocatoria. En el test de conocimientos se aplicará el sistema de penalización por respuestas erróneas, resultando que por cada dos respuestas que sean erróneas se restará una acertada (por tanto, cada respuesta errónea será penalizada con dicha proporción). El número mínimo de pre- guntas será de treinta, con una sola opción verdadera. El tiempo para la realización de esta prueba será, como mínimo, de tantos minutos como preguntas de que conste el cuestionario.

El Tribunal determinará el número de respuestas correctas necesario para alcanzar la calificación de 5 pun- tos con anterioridad a la identificación de las personas aprobadas.

Segundo ejercicio. Práctico: Consistirá en la interpretación de la obra correspondientes a la especialidad a la que se opte y que figura en el anexo II de la convocatoria.

El Tribunal podrá solicitar la interpretación parcial de la obra, interrumpir o dar por finalizada la misma en el momento que lo estime oportuno. No se permitirá pianista acompañante.

Base séptima: Tribunal calificador

Estará compuesto por cinco miembros (titulares y suplentes), personal empleado público funcionario de carrera o personal laboral fijo de cualquier administración pública y con un nivel de titulación académica igual o superior al exigido para el ingreso. La Presidencia será ejercida por la vocalía de mayor edad. Se nombrará, asimismo, una Secretaría que será ejercida por personal funcionario de carrera del Ayuntamiento de Albacete.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesoramiento de especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dicha asesoría se limitará al ejercicio de sus especialidades técnicas en base exclusiva- mente a las cuales colaboran con este.

Base novena: Propuesta de lista de espera.

Finalizado el proceso selectivo, el Tribunal calificador formulará, según el orden de puntuación total y definitiva de aspirantes, propuesta de lista de espera para futuras vinculaciones temporales en cada categoría por el orden de puntuación obtenida, siendo necesario haber superado ambos ejercicios para formar parte de la misma.

Las calificaciones se expondrán en el tablón de anuncios electrónico, así como en la web municipal (www. albacete.es).

La propuesta del Tribunal calificador será vinculante para la Administración, sin perjuicio de que esta pueda proceder a su revisión en los supuestos, y en la forma, previstos en la normativa vigente.

Base décima: Presentación de documentos

Quienes conformen la lista de espera deberán aportar, en el momento en que se les requiera por parte de este Ayuntamiento, los documentos debidamente compulsados acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la base cuarta de la presente convocatoria.

 

PARA MÁS IMFORMACIÓN VISITAR LA PÁGINA OFICIAL DEL AYUNTAMIENTO DE ALBACETE:

www.albacete.es

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